En esta guía
Para contratar una empresa de seguridad en Itauguá, primero pedile la resolución de habilitación de la Policía Nacional y recién después hablá de precio. Después definí qué necesita tu casa o tu local sobre la Ruta PY02 o en tu barrio (alarma con monitoreo, cámaras o guardia) y pedí al menos dos presupuestos por escrito con el mismo alcance.
¿Cómo sé si la empresa está habilitada?
Las empresas de seguridad privada las controla la Policía Nacional, a través de su Departamento de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada (ABC Color, 2023 (se abre en una pestaña nueva)). Cada empresa necesita una resolución de habilitación de la Comandancia, y entre los requisitos que la Policía citó a La Nación (2023) (se abre en una pestaña nueva) están ser sociedad comercial, hacer test psicológicos y de manejo de armas, tener sede propia, seguro de vida para los guardias, vehículos de patrulla y uniforme identificable. Ese año había 135 empresas registradas en todo el país, después de cancelar o suspender unas 200.
En la práctica:
- Pedí el número y la fecha de la resolución, y fijate que el nombre coincida con el del contrato y la factura.
- Pedí ver el carné de los guardias que te asignan: la Policía es la que lo emite (Hoy, 2022 (se abre en una pestaña nueva)).
- Desconfiá de quien ofrece "un guardia" suelto: según la Policía, alguien que no trabaja para una empresa habilitada no es guardia de seguridad.
- Si algo no cierra, consultá a la Policía Nacional antes de firmar.
¿Alarma, cámaras o guardia?
Itauguá está partida por la Ruta PY02, con el comercio sobre la ruta y barrios y compañías hacia el norte y el sur. Lo que conviene depende de dónde estés:
- Casa en un barrio: lo habitual es alarma con monitoreo más cámaras en el portón y el fondo. En el barrio Mboi'y, vecinos contaron a Última Hora (2022) (se abre en una pestaña nueva) que los motochorros merodeaban la zona antes de balear a un trabajador a media cuadra de su casa, camino a la parada; las cámaras que miran a la calle ayudan a registrar esos movimientos.
- Local sobre la ruta: pedí monitoreo con respuesta y evaluá un guardia solo en el horario de apertura y cierre, que es cuando se maneja efectivo.
- Depósito, edificio o predio grande: ahí el guardia tiene sentido. Con la ley actual los turnos son de 12 horas (se abre en una pestaña nueva); preguntá cuántas personas cubren el puesto y quién reemplaza si una falta.
Cámaras y alarmas: quién puede instalarlas
La Ley 5424/15 dice en su artículo 33 que los sistemas de seguridad "serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización" (citado en un expediente de la DNCP (se abre en una pestaña nueva)). Con un instalador sin control, la Policía advierte que no hay garantía de que la alarma responda ante una entrada forzada ni de que tus grabaciones queden resguardadas (Hoy (se abre en una pestaña nueva)).
Antes de aceptar la instalación:
- Pedí que te entreguen las claves de administrador de las cámaras y de la aplicación.
- Preguntá dónde queda la grabación (equipo en la casa, nube o ambos) y cuántos días se guarda.
- Preguntá qué pasa si se corta la luz o internet: batería de respaldo y aviso al celular.
¿Qué tiene que decir el presupuesto?
La Ley 1334/98 (se abre en una pestaña nueva) de defensa del consumidor obliga al proveedor de un servicio a informarte la descripción del servicio, los equipos, el precio con impuestos, la forma de pago, el plazo de validez del presupuesto y el alcance de la garantía (art. 15), y si hay garantía tiene que ser por escrito (art. 11). Mandá la misma lista a cada empresa y pedí que separen:
- Equipo e instalación, por un lado, y abono mensual, por otro.
- Qué hace la central cuando suena la alarma: te llama, manda un móvil o avisa a la Policía, y en cuánto tiempo llega a tu barrio.
- Si el equipo queda a tu nombre o en comodato, el plazo mínimo y el costo de rescindir.
- Si los guardias tienen IPS y seguro de vida.
Próximo paso
Recorré tu casa o local y anotá cada acceso: portón, puertas, ventanas, fondo y techo. Mandá esa lista a dos empresas pidiendo la resolución de habilitación y un presupuesto por escrito, y quedate con la que conteste todo por escrito, no con la más barata de palabra. Ante una emergencia, llamá al 911.
Preguntas frecuentes
¿Quién habilita a las empresas de seguridad en Itauguá?
La Policía Nacional, para todo el país: cada empresa necesita una resolución de habilitación de la Comandancia y cada guardia, el carné que emite la Policía según la Ley 5424.
¿Conviene alarma o guardia para una casa en Itauguá?
Para una casa suele rendir más una alarma con monitoreo y cámaras en el portón y el fondo. El guardia tiene sentido en comercios con movimiento, depósitos o edificios.
¿Qué pido antes de firmar con una empresa de seguridad?
La resolución de habilitación, el carné de los guardias, un presupuesto escrito que separe equipo y abono, los tiempos de respuesta, si el personal tiene IPS y seguro de vida, y factura.
¿Puede cualquier técnico instalarme cámaras con monitoreo?
La Ley 5424 dice que los sistemas de seguridad los proveen las empresas de seguridad y los instaladores independientes habilitados. Pedí que te muestren esa habilitación.



